Aquí te dejamos un modelo de contrato de concesión de servicio de fotocopiadora escolar para el año 2026, espero que te sirva como guía.
CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE FOTOCOPIADORA ESCOLAR
Conste por el presente documento el Contrato de Concesión del Servicio de Fotocopiadora Escolar, que celebran:
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: .............................................................................., con código modular N° ................................................., ubicada en plaza principal S/N° representada por su Director(a) ........................................................................, identificado(a) con DNI N° ...................................................................................., a quien en adelante se le denominará LA INSTITUCIÓN;
y de la otra parte:
EL CONCESIONARIO: ____________________________, identificado(a) con DNI/RUC N.° ____________, con domicilio en ____________________________, a quien en adelante se le denominará EL CONCESIONARIO; bajo las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
El presente contrato se rige por las disposiciones del Ministerio de Educación del Perú, normas de gestión institucional, y demás normativa vigente aplicable.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
LA INSTITUCIÓN otorga en concesión a EL CONCESIONARIO el uso de un espacio dentro del plantel para brindar el servicio de fotocopiado, impresión y servicios afines dirigidos a estudiantes, docentes y personal administrativo.
CLÁUSULA TERCERA: ALCANCE DEL SERVICIO
EL CONCESIONARIO se compromete a:
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIÓN
CLÁUSULA SEXTA: CONTRAPRESTACIÓN
EL CONCESIONARIO pagará a LA INSTITUCIÓN la suma de S/ 200.00 (doscientos nuevos soles) mensuales, o según lo establecido en las bases del proceso de licitación.
CLÁUSULA SÉPTIMA: SERVICIOS BÁSICOS
El pago de servicios como energía eléctrica será:
CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO
El presente contrato tendrá una duración de 8 meses, desde el 23 de marzo de 2026 hasta el 18 de diciembre de 2026.
CLÁUSULA NOVENA: PENALIDADES
El incumplimiento de las obligaciones dará lugar a:
Especialmente por incumplimiento de horarios, cobros indebidos o mal uso del espacio.
CLÁUSULA DÉCIMA: SUPERVISIÓN
LA INSTITUCIÓN, mediante el comité designado, realizará supervisiones periódicas para verificar el cumplimiento del servicio.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá resolverse por:
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CONFORMIDAD
Firmado en Yauli, a los 22 días del mes de marzo de 2026.
LA INSTITUCIÓN EL CONCESIONARIO